Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, la Fundació Parc Científic Universitat de València (FPCUV) ha puesto en marcha un Sistema Interno de Información (SII), con el objetivo de fortalecer la cultura de la información o comunicación como mecanismo para prevenir y detectar infracciones normativas y luchar contra el fraude y la corrupción.
El Sistema interno de información (SII) de la Fundació Parc Científic Universitat de València ha sido diseñado y configurado de acuerdo con las medidas y mecanismos de seguridad exigidos por la normativa aplicable y se rige por los principios generales de anonimato, confidencialidad, protección del informante, entre otros, establecidos en su Política del Sistema interno de información.
El Sistema Interno de Información (SII) de la Fundació Parc Científic Universitat de València se encuentra integrado por un Canal interno de información, entendido como el buzón o cauce para la recepción de la información, un Procedimiento de gestión de la información y un Responsable de dicho sistema.
El Canal interno de información de la Fundació Parc Científic Universitat de València (FPCUV) se configura como el cauce preferente para informar sobre posibles infracciones del derecho de la Unión Europea o infracciones penales o administrativas graves o muy graves, quedando comprendidas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social, cometidas en un contexto laboral o profesional. La comunicación de cualquier información diferente a la indicada se realizará a través de los cauces establecidos al efecto en cada caso.
Toda comunicación recibida a través de este Canal interno de información será gestionada de acuerdo con nuestro Procedimiento de gestión de la información y nuestra Política de Privacidad.
El Canal interno de información permite realizar comunicaciones de forma escrita, así como la presentación y posterior tramitación de comunicaciones anónimas. A solicitud del informante podrá realizarse comunicaciones de forma verbal, por los cauces previstos en el Procedimiento de gestión de la información.
Además del Canal interno de información, las personas informantes pueden hacer uso de un Canal externo de información para realizar sus comunicaciones.